Gobierno endurece sanciones contra la especulación y el acaparamiento

Gobierno endurece sanciones contra la especulación y el acaparamiento

(Foto archivo AFP)

Venezuela endureció las sanciones contra la especulación y acaparamiento en el país estableciendo penas de hasta 10 años de cárcel en una nueva ley firmada el viernes por el presidente Nicolás Maduro, quien denunció la existencia de una “guerra económica” que busca socavar su mandato, reseña Reuters.

La Ley Orgánica de Precios Justos establece además penalidades como expropiaciones, decomisos y multas para quienes no cumplan con la amplia regulación sobre márgenes de ganancias y precios en una nación sumida desde hace varios años en un agudo desabastecimiento de productos básicos.

“Quienes vendan o presten servicios a precios superiores a los fijados o determinados (…), serán sancionados por vía judicial con prisión de ocho a diez años”, se lee en la resolución publicada en Gaceta Oficial el viernes.





La norma establece igual pena para el delito de acaparamiento. Así mismo, determina prisión de hasta 12 años para quienes incurran en el “boicot” y de hasta 14 años para el “contrabando de extracción” de bienes, es decir, para quienes desvíen a través de las fronteras del país productos regulados para ser revendidos.

Maduro llegó al poder tras la muerte de su predecesor Hugo Chávez en marzo, y desde entonces ha tenido que lidiar con una acuciante escasez de productos básicos -que va desde leche hasta papel periódico-, una inflación anual de 56,2 por ciento y una apremiante deuda en divisas para importadores.

En el 2007, Venezuela estableció penas de cárcel de hasta seis años para el boicot, la especulación y el acaparamiento de productos sujetos a controles de precio.

Para combatir lo que asegura es consecuencia de una “guerra económica”, el ex sindicalista de 50 años, al que se le concedieron poderes especiales para legislar el año pasado, dijo que endurecerá las fiscalizaciones y la política de precios regulados instaurada por Chávez durante sus 14 años de poder.

En el 2003, asediado por la fuga de capitales y la crispación política, Chávez estableció una serie de congelamiento de precios e introdujo el control de cambio, vigente hasta ahora.

La Ley establece un “margen máximo de ganancia” de 30 por ciento. Además, crea la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos, encargada de la “determinación de márgenes de ganancias razonables para fijar precios justos”.

Críticos a la gestión del socialismo advierten que la economía altamente controlada del país petrolero está en crisis y seguirá reduciendo su desempeño.

Esta semana Venezuela modificó su estricto control cambiario para introducir un sistema dual de asignación de divisas, que encareció el dólar que pagan los venezolanos para viajes y envío de remesas familiares.

La modificación mantiene el precio del dólar a una tasa de 6,3 bolívares para la importación de bienes prioritarios, como alimentos y medicinas, pero también amplía el uso de una tasa secundaria cercana a 11,3 bolívares por dólar, lo que fue leído por analistas como una devaluación progresiva de la moneda.

Más temprano

El margen máximo de ganancia de cada actor de la cadena de comercialización no podrá exceder del 30 % de la estructura de costos del bien o servicio. A su vez, este margen de ganancia será establecido anualmente por la Superintendecia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), esto según la Ley de Precios y Costos Justos que se publicó en Gaceta Oficial 40.340, que circula este viernes en todo el territorio Nacional, publica globovision.com.

En la gaceta se establece que el Presidente de la República podrá modificar el margen de ganancia establecido en la ley siempre y cuando esté en Consejo de Ministros y considere las recomendaciones de la vicepresidencia económica de Gobierno y la Sundde.

El precio de comercialización de los bienes y servicios de las empresas -que trabajen en Venezuela- podrá ser determinado o modificado por la Sundde. El establecimiento de los lineamientos para calcular los límites de comercialización podrán ser de carácter general, sectorial, particular o categorizados, según lo indique el organismo.

Los márgenes máximos de ganancias podrán ser determinados por sector, rubros, espacio geográfico, canal de comercialización o actividad económica. El ente rector se fundamentará para la determinación del márgen en la información suministrada por las empresas en la que se refleje las estructuras de costos y su utilidad. También serán tomadas en cuenta para la fijación de los costos las denuncias de los usuarios.

Los costos y gastos informados por las empresas a la Sundde no podrán exceder de los costos razonables registrados contablemente.

La ley indica en su artículo 30 que la determinación o modificación de precios –así como los márgenes de ganancias- se aplicarán  mediante análisis socioeconómico de la Sunnde.

En la ley se establece que las regulaciones aplican para las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extrajenras, que desarrollen actividades económicas en Venezuela.

Funciones de la Sundde

En la Gaceta se establecen como órgano regulador de los costos y fijador de los márgenes y ganancias de precios a la Superintendecia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde).

Esta organización tendrá como competencias principales la fijación de los precios máximos de la cadena de producción o de importación, emitir los certificados de los precios justos junto con los criterios para la comercialización de presentación de algún producto.

A su vez, Sundde también fijará las condiciones generales de la oferta, promociones y publicidad de bienes y servicios y la determinación de los cánones de arrendamiento “justos” de los locales comerciales.

Según el numeral 7 del artículo 12 de la Ley de Precios y Costos, Sundde podrá asumir temporalmente las actividades de dirección supervisión o control de los procesos de producción, distribución y comercialización de los bienes y servicios.

Por su parte la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos se encargará principalmente del análisis, control, regulación y seguimiento de las estructuras de costos en el país. También será competencia de la Intendecia la determinación de precios justos en cualquiera de los eslabones de las cadenas de producción o importación.

La intendencia de Protección de los Derechos Socioeconomicos trabajará para ejercer las funciones de inspección, fiscalización e investigación que establece la Ley y aplicar las sanciones correspondientes que se tenga que ejecutar.