TSJ publica completas las famosas sentencias que “resuelven” el golpe de Estado

TSJ publica completas las famosas sentencias que “resuelven” el golpe de Estado

Venezuela's Supreme Court President Maikel Moreno (C), speaks during a meeting with ambassadors and diplomatic representatives, at the Supreme Court of Justice (TSJ) in Caracas, Venezuela April 1, 2017. REUTERS/Carlos Garcia Rawlins
REUTERS/Carlos Garcia Rawlins

 

El Tribunal Supremo de Justicia publicó por fin completas las famosas sentencias que según el Gobierno “resuelven” el golpe de Estado contra la Asamblea Nacional.

En ambas sentencias se dice que “en fecha 31 de marzo de 2017, en virtud de algunas consideraciones y opiniones emitidas en relación con la sentencia antes mencionada, el Tribunal Supremo de Justicia atendió a una convocatoria del ciudadano Nicolás Maduro Moros, en su condición de Jefe de Estado y Presidente del Consejo de Defensa de la Nación, a una reunión extraordinaria ante dicha instancia constitucional, conforme a lo dispuesto en el artículo 323 del Texto Fundamental y en la Ley Orgánica de la Seguridad de la Nación”.





La Sala aclaró que revocó la medida que confería al jefe de Estado la facultad de reformar la Ley de Hidrocarburos ante el desacato de la Asamblea Nacional, y también la referente a que el máximo tribunal “ejercerá” todas las competencias del Legislativo, mientras el Parlamento persista en “desacato”.

Asimismo, en el mismo auto precisó que esa decisión tenía una “naturaleza cautelar” y tenía como objetivo corregir la omisión legislativa en la que incurre el Parlamento mientras persiste en el desacato y añadió que esa decisión no era un dictamen de fondo que resolviera la situación.

Suprime también la medida que dictaminaba que el privilegio de la inmunidad parlamentaria, que reconoce como una garantía del ejercicio parlamentario, era “incompatible” mientras la Asamblea Nacional persistiera en “desacato” y sin ejercer su función legisladora.

Asimismo, el auto revoca la orden al jefe de Estado para que ejerciera medidas internacionales para salvaguardar el orden constitucional, y a que tomara medidas civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales para evitar un estado de conmoción.

Estas dos decisiones, aclara el Tribunal Supremo, eran al igual que en el caso anterior, medidas cautelares, tomadas con base en “la amplia potestad que es propia de su competencia”, aunque indica que “se revocan en este caso” tales decisiones.

En el auto, el máximo tribunal revoca las controvertidas medidas contra el Poder Legislativo, controlado por la oposición, que habían sido sometidas a una revisión de los magistrados de la Sala Constitucional luego de un exhorto de los poderes públicos.

El Parlamento venezolano ha estado en desacato casi todo el último año por desobedecer una sentencia del Tribunal Supremo en la que ordenaba la suspensión de tres parlamentarios opositores, recién electos, por supuesto fraude en el proceso electoral.

Desde que la directiva de la Cámara decidió desobedecer la decisión del Supremo, todas sus decisiones y leyes han sido declaradas nulas por haber sido aprobadas dentro del desacato, y el propio tribunal ha corregido la “omisión legislativa”, reseñó Efe.

A continuación las “Aclaratorias” de las sentencias números 155 y 156 publicadas en la página web del TSJ.

Sentencia 155 aclaratoria by La Patilla on Scribd

Sentencia 156 aclaratoria by La Patilla on Scribd