Presidente de Cabo Verde descartó intervenir en proceso sobre Alex Saab: La opinión que cuenta es la del Tribunal Constitucional

El Presidente de la República defendió hoy que sólo existe un organismo en Cabo Verde capaz y capaz de hacer cumplir, o no, las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre el proceso Alex Saab. En declaraciones a periodistas en Praia y preguntado sobre el asunto, Jorge Carlos Fonseca desestimó cualquier responsabilidad y legitimidad del Jefe de Estado, Primer Ministro o Ministro de Justicia para tomar tal decisión. El Presidente de la República afirmó que, en un sistema como el caboverdiano, el juez está por encima de todo y de todos, ya que solo él tiene competencias jurisdiccionales para ordenar la detención o liberación de cualquier persona.

Por noticiasdonorte.publ.cv 
Traducción libre del portugués por lapatilla.com 





Jorge Carlos Fonseca incluso afirma que, tener una opinión sobre este tema, es absolutamente inútil bajo la jurisdicción del TC. Aquí está, a continuación,

Señor Presidente, hay un tema del que nadie habla o que se dice poco a nivel oficial, pero del que los caboverdianos quieren escuchar, y es la cuestión del proceso de extradición del señor Alex Saab. Todo comenzó con una decisión política del Gobierno, de forma bilateral, de aceptar una solicitud de Estados Unidos para la extradición de este ciudadano venezolano. El asunto fue entregado al Ministerio Público, el cual, como titular de la acción penal, lo llevó a los tribunales, que es el dominio independiente de nuestro sistema judicial. En los últimos días, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas decidió, además de solicitar toda la asistencia médica especializada para el señor Alex Saab, recomendar a Cabo Verde la suspensión de todo el proceso hasta que se analice y exista, al respecto, una decisión a nivel de ese organismo.

Lo que puedo decir en este punto es lo siguiente: como Presidente de la República, sigo este dossier. Y lo sigo, no sé si lo puedo decir a diario. Lo hago de la manera, por los medios y con quien debo acompañar. Hace unos días estuvo aquí la Procuraduría General de la República (PGR) por solicitud mía y hablé con él sobre este expediente. Y cuando hablo con la PGR trato de conocer el estado del caso y me enteré que está en un recurso de apelación que se está analizando y será resuelto por el Tribunal Constitucional (TC). Por tanto, el proceso tomó algo de tiempo, tuvo varias incidencias procesales, ya fue objeto de decisiones de la Corte de Apelaciones de Barlavento (TRB), hubo apelaciones ante la Corte Suprema de Justicia (STJ), regresó a la Apelación, hubo una nueva decisión de la Corte de la Relación, volvió a la Corte Suprema, y tengo información de que ya ha habido 6 solicitudes de Habeas Corpus. Por el momento, el proceso se encuentra en el TC, que es una jurisdicción constitucional autónoma. Por eso, la gente tiene que entender, y yo creo que todos entienden, es decir, no hay nadie que esté vinculado al proceso que no sepa que ni el Presidente de la República, ni el Primer Ministro ni el Ministro de Justicia pueden intervenir. o suspender cualquier cosa de un proceso que se encuentre en las instancias jurisdiccionales. No puedo continuar más. Como presidente de la República, supongamos, aunque yo pensara que había problemas de justicia, injusticia, legalidad o ilegalidad, no tengo forma de intervenir. No puedo. ¿Cómo intervengo? ¿Hago un decreto presidencial? Hay un principio que incluso aprendimos en las Facultades de Derecho y que, como profesor, enseñó a los estudiantes, con una formulación muy simple: los actos de arresto o detención y liberación son actos materialmente jurisdiccionales. Esto significa, en un sistema como el nuestro, que solo un juez puede arrestar o poner en libertad porque es el único con facultades jurisdiccionales para retirar o devolver la libertad. Puede haber países donde esto sea posible. Pero no en Cabo Verde.

Pero en un proceso de extradición, que tiene un componente administrativo y político, que es cuando los gobiernos dan su posición para aceptar o rechazar la solicitud de otro Estado, el demandante, ¿no hay otras instituciones que puedan detener el proceso?

¿En un estado de derecho? Puedes imaginarte: el proceso está en el TC, hay un juez ahí para tratar el tema y ¿qué va a hacer el RP? Llame a la persona y dígale que sí. No tiene ningún sentido. De hecho, actuar así equivaldría a dejarme crucificar por la opinión pública y los periodistas.

¿Cree que Cabo Verde debería cumplir con estas recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de la ONU?

Por el momento, el proceso se encuentra en los tribunales de Cabo Verde, y los tribunales de Cabo Verde juzgan y deciden de acuerdo con las normas vigentes en Cabo Verde. Y saben cuáles son las normativas vigentes. Quiero decir, el Tribunal Constitucional es la máxima instancia que tenemos en este asunto. Sus asesores son competentes, capacitados y cuentan con todos los medios para saber si una recomendación o decisión de otro organismo es vinculante o no. Mira, puedo tener una opinión personal …

¿Y puedes adelantarlo?

¡No! Es solo que no tengo ningún interés en eso. Puede que tenga una opinión, pero es inútil. La opinión que cuenta es la opinión del Tribunal Constitucional.

Tu opinión es válida para la opinión pública …

Pero la decisión que importa aquí es la de los tribunales. Porque, lo que decida el CT, se decide y se cumple. Terminó.